jueves, 13 de noviembre de 2008

Boletìn No. 27: El Gran Mito de la Autonomìa Universitaria (I)

El término autonomía aplicado a los seres humanos significa libertad de pensamiento y acción, esta última –libertad de acción– moderada legalmente para preservar el bien común. Sin embargo, cuando se habla de autonomía universitaria se espera y demanda algo más: se espera que el pensamiento y la acción sean creativos.

Debemos estar claros que el pensamiento creativo es totalmente autónomo, por cuanto se trata de una propiedad innata de los seres humanos (no regulable ni legislable) y por lo tanto no puede ser conculcado ni intervenido. Sin embargo la acción (que resulta del pensamiento creativo) si puede ser restringida, por cierto con graves consecuencias para la autonomía universitaria y para el progreso del país: De poca o ninguna utilidad es la existencia de gran productividad de pensamiento creativo (ideas teóricas y prácticas) si su divulgación y/o implementación es impedida o de alguna manera limitada.

De allí que desde el punto de vista legal, la autonomía universitaria es un concepto netamente administrativo y como tal es definida por ese excelente instrumento jurídico que es la Ley de Universidades. Es en el Artículo 9 de dicha ley en donde se especifica que las universidades son autónomas en los siguientes cuatro sectores 1) organizativo, 2) académico, 3) administrativo y 4) económico.

Esto significa que es mediante su organización y sus recursos académicos y administrativos así como mediante la juiciosa y eficiente utilización de sus haberes económicos (los cuatro sectores de su autonomía) que las universidades facilitan la creatividad de su personal pero también y de manera principal, hacen posible la divulgación, promoción e implementación de los productos de ese esfuerzo intelectual. Con esto se cumple parte de la misión de las universidades: impulsar el bienestar social y promover el progreso nacional.

La autonomía en los cuatro sectores definidos en el Artículo 9 de la Ley es también fundamental para que las universidades puedan garantizar que sus graduandos sean profesionales y técnicos del más alto nivel de competencia. La expectativa es que de esa manera las universidades puedan generar el factor humano de calidad que hace posible la gran tarea de impulsar el bienestar social y promover el progreso nacional.

En la práctica sin embargo, las universidades venezolanas (y latinoamericanas) no son autónomas en el sentido del espíritu del Artículo 9 arriba mencionado. Esto se debe a que el caudillaje de los partidos políticos, desde el mismo inicio de cada una de las universidades venezolanas, inescrupulosamente y amparados en la falta de reglamentación apropiada en cuanto a lo que manda el Numeral 3 de dicho Artículo 9 de la Ley de Universidades, el cual concede a estas instituciones el derecho de “elegir y nombrar a sus autoridades y designar a su personal docente, de investigación y administrativo”, tomaron y han venido tomando posesión y control de todos los puestos claves de la administración universitaria.

Fue una tarea fácil porque la creación de todas las universidades del país fue decisión de los partidos políticos puntofijistas y procedió bajo su control. Pero como la noción de academia o el concepto de educación superior es extraño a la mente y entendimiento de estos caudillos, las instituciones que emergieron mostraron las profundas cicatrices y graves limitaciones resultantes de los asombrosos actos de irresponsabilidad e improvisación de sus planificadores: Todas estas instituciones fueron fundadas en ausencia de personal universitario preparado para afrontar las tareas de docencia e investigación de nivel superior y casi sin excepción, en todas se empezó a ‘dictar clase’ aun en ausencia de edificaciones y entornos apropiados (ver más adelante la dramática aplicación de esta estrategia en la creación de la extensión universitaria en La Morita, Maracay, Estado Aragua).

Galpones, edificios viejos, y estructuras abandonadas insertadas en insalubres y peligrosas barriadas, conformaron los espacios donde se inauguraron estas instituciones, la gran mayoría de las cuales, declaradas entonces como meramente provisionales (caso de la Universidad de Carabobo −ahora uTM−) siguen todavía, después de 50 años o más, sirviendo como sedes de destartaladas facultades y desvencijadas escuelas.

Pero había que empezar, perentoriamente, aun el lunes que viene, a dictar clase y por lo tanto, esta misma semana hay que contratar al personal dictante. La forma como esto se llevó y lleva a cabo todavía, se ilustra perfectamente tomando como ejemplo los eventos relacionados con la creación, en 1976, de la extensión académica de La Morita (medicina, bioanálisis) y de los cuales sirvo como testigo presencial (ver siguiente boletín)

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